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El Gobierno dice NO a las jubilaciones o pensiones a bomberos voluntarios

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Bomberos de Argentina 06 / 05 /2019

El Gobierno dice NO a las jubilaciones o pensiones a bomberos voluntarios


Entre Ríos.- El poder Ejecutivo remitió a la Cámara de Diputados un proyecto de Ley por el que se clausura definitivamente la posibilidad de que el Estado incorpore al sistema previsional a los bomberos voluntarios de Entre Ríos, confirmó AIM. La iniciativa ingresará al hemiciclo de la Cámara Baja en la próxima sesión.

Con la excusa de aggiornar la normativa vigente, el Ejecutivo remitió a la Cámara Baja un proyecto de Ley que regulará “la misión, organización, y funcionamiento de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios en todo el territorio de la provincia y su vinculación con el Estado, conforme el Artículo 28° de la Constitución Provincial”.

Según el Gobierno, el espíritu de la reforma propone cristalizar en Ley los avances que en el último tiempo se establecieron a través de decretos: “La gran mayoría de beneficios y asistencias que se plasman en este texto ya se están ejecutando y aplicando en la práctica, por lo que consideramos oportuno transformarlos en Ley”.

Sin embargo, la propuesta trae consigo un caballo de Troya, ya que clausura el debate sobre la posibilidad de sumar a la Caja de Jubilaciones y pensiones a los bomberos voluntarios: “Se respeta el espíritu establecido en el segundo párrafo del Art. 41º de la Constitución de Entre Ríos, que enuncia que la Legislatura no podrá acordar pensiones ni jubilaciones por Leyes especiales”.

Con esa premisa clara, el Estado cierra definitivamente a garantías que podrían haber adquirido los bomberos voluntarios, ya que fija claramente en el artículo quinto que se “reconoce el carácter de servicio público que prestan de manera voluntaria y altruista las Asociaciones de Bomberos Voluntarios”, pero la actividad del servicio de bomberos voluntarios “resulta ajena a la naturaleza y normas del derecho laboral y las relaciones surgidas del desarrollo de las actividades que le son propias a los bomberos voluntarios no revisten carácter laboral, en cuanto, aquellas se desarrollan de manera voluntaria, resultando dicha actividad ajena al derecho laboral, por lo que todos los integrantes de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios ya sean miembros de Comisión Directiva, órgano de fiscalización o del Cuerpo Activo, desempeñarán sus funciones ad honorem”.

Sin embargo, autorizará al personal del cuerpo activo que desempeñe tareas en la administración pública provincial, municipal o en la actividad privada “a retirarse justificadamente de su trabajo, a fin de prestar servicio en las contingencias, cuando sea convocado en su calidad de bombero voluntario”.

Además, “se evaluará, con intervención de equipos técnicos gubernamentales y representantes de las asociaciones de bomberos, la posibilidad de implementación de un mecanismo de acceso a un reconocimiento por los años de servicios”, que comprenderá a quienes no sean beneficiarios de sistemas previsionales o de la seguridad social.

También, los bomberos voluntarios de los cuerpos activos, que padecieran alteraciones de su salud por el hecho o en ocasión de prestar servicios como tales, deberán ser atendidos en forma prioritaria con la sola acreditación de su condición por la estructura sanitaria pública provincial.

Además, el Instituto Autárquico Becario Provincial (Inaubpro) priorizará el otorgamiento becas de estudios para los integrantes de los cuerpos de bomberos voluntarios.

Fuente y foto: www.aimdigital.com.ar