La Justicia hizo lugar parcialmente a la demanda presentada por exbomberos voluntarios de Calchaquí (Dpto. Vera) y condenó a la Asociación Civil Bomberos Voluntarios local a pagar una indemnización por daño extrapatrimonial, al considerar que las bajas del cuerpo activo fueron dispuestas de manera irregular y sin respetar los procedimientos reglamentarios correspondientes.
La sentencia fue dictada por la jueza Jorgelina Yedro con fecha de 18 de mayo y alcanza a Jorge Luis Mosqueira, Adelmo Ovidio Duarte, Jorge Adrián Mosqueira y Dante Ariel Else, quienes recibirán cada uno la suma de $ 4.559.600 -tomada del valor actual de una moto Honda- más intereses.
El fallo rechazó, en cambio, el reclamo de Sergio Marcos Romitti y también desestimó la responsabilidad personal de los exdirectivos Roberto Bernardo Brondino y Daniel Omar Avallone.
El caso se inició el 24 de febrero de 2021, cuando los abogados Laura Irene Dalla Fontana y Lisandro Garavaglia, apoderados de los demandantes, iniciaron el reclamo de indemnización de daños y perjuicios solidariamente contra la Asociación Civil de Bomberos Voluntarios de Calchaquí, y los directivos Roberto Brondino y Daniel Avallone -ya fallecido- por la suma de 23.124.634,80.
En la presentación, a través de sus letrados, los exbomberos historiaron que entre los años 2013 y 2016, durante la presidencia de Daniel Avallone, fueron dados de baja del padrón de bomberos voluntarios de la asociación y que, a raíz de lo ocurrido, iniciaron diversos reclamos verbales ante las autoridades de la Asociación Civil, exigiendo una explicación de los motivos por los cuales habían sido dados de baja, así como la inmediata reincorporación en sus tareas.
Debido a la falta de respuesta de la asociación decidieron acudir a la Federación de Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Santa Fe, para que ésta analice si su baja había sido realizada acorde a derecho o no. Fue entonces que la Federación dio curso al reclamo interpuesto.
El 4 de mayo de 2019, el Comité de Ética de la Federación dispuso que no fueron dados de baja acorde a la reglamentación vigente, por lo que deberían ser reincorporados en sus funciones.
Aun así, Asociación Civil Bomberos Voluntarios de Calchaquí optó por no acatar la decisión superior y se negó a realizar la reincorporación de los mismos aludiendo que recurrirían la decisión de la Federación ante Protección Civil, citó la jueza Yedro.
Ante la negativa, los exintegrantes del cuerpo activo presentaron un nuevo reclamo, ahora ante Protección Civil, para que tome las medidas conducentes a su reincorporación.
Finalmente -el 29 de diciembre de 2020 y luego de una mediación prejudicial fallida- esa instancia de aplicación comunicó a la Asociación Civil de Calchaquí y a los exbomberos reclamantes su decisión, la cual fue concordante con lo ya resuelto por el Comité de Ética de la Federación de Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Santa Fe, e instó a la ABVC a reincorporar a los actores a la brevedad.
“Habiendo transcurrido casi dos meses del comunicado, y ante la contumaz negativa de los representantes de la ABVC de reincorporarlos”, estos finalmente decidieron iniciar la demanda por daños y perjuicios, desistiendo de su derecho a ser reincorporados.
En síntesis, reclamaron daño patrimonial, emergente por perdida de obra social desde el momento de la baja; pérdida de chance: obra social futura; daño emergente futuro por perdida de reconocimiento de años de servicio y por no acceder a un plan de construcción de vivienda y daño extrapatrimonial.
En el análisis del caso, la magistrada sostuvo que el conflicto no cuestionaba la potestad disciplinaria de la institución, sino “la regularidad del procedimiento seguido para disponer las bajas de los actores y las consecuencias jurídicas derivadas de tal accionar”.
Durante el proceso quedó acreditado que las desvinculaciones no fueron realizadas conforme a la normativa vigente. De hecho, el Comité de Ética de la Federación Santafesina de Asociaciones de Bomberos Voluntarios concluyó que las bajas habían sido irregulares y solicitó a la institución considerar la reincorporación de los afectados.
La resolución también remarcó que dentro de la asociación existía escasa capacitación sobre los procedimientos administrativos para aplicar sanciones o disponer bajas. Testigos y directivos reconocieron que no se realizaban habitualmente sumarios administrativos y que desconocían el procedimiento reglamentario correspondiente.





